
Si consideramos que los fideicomisos se constituyen para garantizar el cumplimiento de determinadas obligaciones, de acuerdo con los fines establecidos por el fideicomitente, no podría hablarse de una clasificación de los fideicomisos partiendo de un prototipo específico.
Para algunos, los fideicomisos pueden catalogarse con base en los fines que el fideicomitente pretende conseguir, y los clasifican en fideicomisos de Administración, Inmobiliarios, Patrimoniales, de Inversión, de Garantía, entre otros. Sin embargo, si consideramos que todos los fideicomisos involucran, necesariamente, que la institución fiduciaria administre los bienes aportados por el fideicomitente, podría afirmarse que todos los fideicomisos son de Administración. Pero no es así.
Si bien los fideicomisos no pueden clasificarse estrictamente bajo determinados prototipos, sí es posible identificarlos con base en las características generales de los fines para los cuales se constituyen. Aquí algunos ejemplos:
Fideicomiso Patrimonial y Sucesorio. Con los bienes que se aportan al Fideicomiso se garantiza el cumplimiento de las obligaciones que el fideicomitente establezca, además de garantizar una sucesión jurídicamente segura y ágil, sin necesidad de un testamento ni de un juicio sucesorio. Por otra parte, los bienes aportados al Fideicomiso forman un patrimonio autónomo y son inembargables, no están sujetos a nuevos impuestos o afectaciones previstas en leyes de nueva creación, y se favorece la eficiencia en el pago de contribuciones, entre otros beneficios.
Fideicomiso Educativo. Tiene por objeto destinar los productos y rendimientos derivados de la administración de los bienes fideicomitidos a asegurar el pago de los gastos involucrados en la educación y formación, hasta determinado nivel educativo, de una o varias personas que el Fideicomitente determina, estableciendo o no condiciones a los beneficiarios, y también lo que deberá ocurrir con los bienes fideicomitidos si no se logra el objetivo buscado.
Fideicomiso de Protección Alimentaria. Su finalidad es que, con los recursos o productos por concepto de los rendimientos derivados de los bienes aportados al Fideicomiso, se garantice el pago de alimentos a las personas que éste designe, y que pueden ser sus hijos, nietos, padres o cualquier otra persona de su interés. La pensión alimentaria determinada por el Fideicomitente puede incluir gastos de alimentación, casa vestido y otros conceptos que determine el fideicomitente. La pensión alimentaria puede ser determinada por un juez o puede ser una decisión unilateral del fideicomitente.
Fideicomiso de Zona Restricta. Tiene por objeto garantizar el uso, goce y disfrute de inmuebles ubicados en zonas donde a los extranjeros les está constitucionalmente prohibido adquirir en propiedad este tipo de bienes. Se trata de zonas de playa y zonas fronterizas.